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Por donaciones de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por donaciones de bienes y contribuciones para preservar el patrimonio cultural?

Nos podemos deducir por donaciones de bienes y contribuciones para preservar el patrimonio cultural:

El 15 por 100 de las donaciones realizadas durante el año de bienes que, se encuentren inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, siempre que se realicen a favor de cualquiera de las siguientes entidades:

  • La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Corporaciones Locales de la Región, así como las Entidades Públicas de carácter cultural dependientes de cualquiera de ellas.
  • Las universidades que desarrollen su actividad docente e investigadora en el territorio de la Región, los Centros de Investigación y los Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas de la Región.
  • Las entidades sin fines lucrativos

El 15 por ciento de las cantidades destinadas a la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

El 15 por ciento de las cantidades donadas para fines culturales

Límites

La suma de las bases de las deducciones establecidas en los apartados anteriores no podrá exceder del 10 por 100 de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente

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