¿Cuánto nos podemos deducir por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual?
El 50 por 100 del importe de las inversiones que mejoren la calidad y la sostenibilidad de las viviendas, que se hagan en el inmueble que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual
Requisitos
En general
- Se entiende que mejoran la calidad y la sostenibilidad de las viviendas las siguientes inversiones:
- Instalación de equipos que permitan utilizar energÃas renovables
- Instalación de mecanismos para ahorro de agua, reutilización de aguas grises y pluviales.
- Para la aplicación de la deducción se ha de mejorar como mÃnimo en un nivel la calificación de la eficiencia energética de la vivienda habitual. Se requiere el registro de los certificados de eficiencia energética de la vivienda
- Los ingresos netos no podrán superar:
- 30.000 euros en tributación individual.
- 48.000 euros en tributación conjunta.
Cuando el contribuyente sea el arrendador de la vivienda
Que la duración del contrato de alquiler de la vivienda con un mismo arrendatario sea igual o superior a un año.
Que se haya constituido el depósito de la fianza de arrendamientos urbanos, a favor del Instituto Balear de la Vivienda.
Que se declare en el IRPF el rendimiento derivado de las rentas del arrendamiento de la vivienda como rendimientos del capital inmobiliario.
Que no se repercuta en el arrendatario el coste de las inversiones que determinan el derecho a aplicar esta deducción.
LÃmites
La base de esta deducción está constituida por el importe satisfecho para realizar las inversiones, con un lÃmite máximo de 10.000 euros anuales.