Optimiza tu Declaración de la Renta

Haz tu renta con las máximas garantías y el máximo ahorro

¿Tienes alguna duda?

Resolvemos tus consultas fiscales o laborales GRATIS y en menos de 24 horas haciendo clic aquí

Deducciones por nacimiento o adopción de hijos en Castilla y León

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos?

Nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos,

Por cada hijo nacido o adoptado en el año, que genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, las siguientes cantidades:

  • 1.010 euros si se trata del primer hijo.
  • 1.475 euros si se trata del segundo hijo.
  • 2.351 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

Las cantidades previstas se duplican si el nacido o adoptado tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.

Las cuantías sobre nacimiento, adopción y discapacidad, se incrementarán en un 35 por 100 para los residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Requisitos

Para poder aplicar esta deducción los ingresos netos menos el mínimo personal y familiar no pueden superar las siguientes cantidades:

  • 18.900 euros en tributación individual.
  • 31.500 euros en tributación conjunta.

Cuando los padres o adoptantes tengan derecho a la aplicación de la deducción, su importe, en caso de declaración individual, se prorrateará por partes iguales.

Si no se puede deducir, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres períodos impositivos siguientes hasta agotar, el importe total de la deducción.

Planes y Precios
flecha
Para particulares
flecha
Para No Residentes
flecha
Guías
flecha
Nosotros
flecha