Descubre cómo el usufructo de una vivienda puede afectar a tus deducciones fiscales del IRPF. Aprende qué derechos tienes y cómo gestionar tus impuestos correctamente
En este artículo, vamos a ver qué es el usufructo y las partes que intervienen, así como las obligaciones que tiene cada uno en su declaración de la renta.
Por último, veremos si hay opciones de poderse aplicar deducciones sobre estos inmuebles, en el caso que haya un usufructo.
¿Qué es el usufructo de una vivienda y cómo se constituye?
El usufructo de una vivienda es un derecho que nos da la facultad de disfrutar de cosas ajenas sin que sean de nuestra propiedad.
En un usufructo intervienen dos partes, en primer lugar, el usufructuario, que es el que tiene derecho a usar o disfrutar la cosa. Por otro lado, está el nudo propietario, que es quien tiene la propiedad del bien, pero sin tener el derecho a usarlo.
El usufructo se ve habitualmente en las sucesiones, puesto que, en la mayoría de los casos, se hereda parte de la herencia en usufructo, aunque puede pactarse y realizarse como un contrato aislado, pudiendo ser de una determinada duración o bien, permanente, lo que se conoce como usufructo vitalicio.
Derechos y obligaciones fiscales del usufructuario
El usufructuario, a cambio de poder utilizar el bien en cuestión, tiene que cumplir determinadas obligaciones impuestas por la Ley. A nivel fiscal, al tener el derecho de usar y disfrutar el bien tendrá que declarar todas las rentas que obtenga de ese bien.
Por ejemplo, si tenemos el usufructo de un piso, podemos tener diferentes obligaciones fiscales en función del uso que le demos:
- Si vivimos en él y es nuestra vivienda habitual no tendríamos ninguna obligación, al igual que si fuera completamente de nuestra propiedad.
- Si decidimos alquilarlo, tendríamos que declarar los ingresos del alquiler en nuestra declaración de la renta, pudiendo deducir los gastos necesarios para el alquiler.
- Por último, si está a nuestra disposición, pero no es nuestra vivienda habitual (como si fuera una segunda residencia) tendremos que declarar anualmente el 1,1 por ciento o 2 por ciento del valor catastral en concepto de imputación de renta y sobre este rendimiento, pagar el impuesto.
El nudo propietario y su papel en las deducciones fiscales
Por su parte, el nudo propietario al no tener derecho a usar ni disfrutar del bien no se va a ver en ninguna situación en la que pueda deducir determinados gastos o tenga que declarar ingresos salvo que decida vender su derecho. Sin embargo, tampoco tendrá acceso a muchas ayudas ni deducciones en la renta.
Deducciones por vivienda habitual en la declaración de la Renta: ¿Son aplicables en viviendas con usufructo?
Sobre este punto ha existido mucha controversia a lo largo de los años, por lo que los Tribunales y la propia Hacienda han tenido que aclarar deducción por deducción, quién tiene derecho a aplicarla y qué requisitos han de cumplirse.
En cuanto a las deducciones más habituales en una vivienda, como pueden ser la exención por reinversión por adquisición de la vivienda habitual (cuando hemos vendido nuestra anterior casa y hemos adquirido una nueva) o por mejoras de eficiencia energética, se ha dejado claro que únicamente podrán aplicarse estas deducciones si se tiene la plena propiedad del inmueble. Es decir, que no exista usufructo o que el usufructo y el nudo propietario vengan a ser la misma persona.
Por lo que, si realizamos obras para mejorar la eficiencia energética del inmueble y sobre esta vivienda existe un usufructo, no se podrá aplicar las deducciones previstas en la renta por el simple hecho de haber un usufructo.
Comprender la figura del usufructo y las implicaciones fiscales que tiene es muy importante a la hora de optimizar tus deducciones fiscales y valorar las repercusiones económicas que puede tener.