Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación
¿Cuánto nos podemos deducir? El 20 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en sociedades mercantiles Requisitos La sociedad donde debe realizarse la inversión deberá tener su domicilio social y fiscal en Aragón. Podrás formar parte … Read more Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación