Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)
¿Cuánto nos podemos deducir? El 30 por 100 de la parte de cuota íntegra autonómica del IRPF que corresponda a los rendimientos del capital inmobiliario de tales arrendamientos en los términos que más adelante se indican. Requisitos Que el contribuyente haya puesto una o más viviendas a disposición del Gobierno de Aragón. La base de … Read more Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)