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Por residencia habitual en zonas rurales

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por residencia habitual en zonas rurales?

Nos podemos deducir por residencia habitual en zonas rurales:

Residencia habitual en un municipio incluido en una zona de intensa despoblación

El 20 por 100 de la cuota íntegra autonómica, si el municipio tiene una población inferior a 2.000 habitantes

El 15 por 100 de la cuota íntegra autonómica, si el municipio tiene una población igual o superior a 2.000 e inferior a 5.000 habitantes

Residencia habitual en un municipio incluido en una zona de extrema despoblación

El 25 por 100 de la cuota íntegra autonómica, si el municipio tiene una población inferior a 2.000 habitantes

El 20 por 100 de la cuota íntegra autonómica, si el municipio tiene una población igual o superior a 2.000 e inferior a 5.000 habitantes

Requisitos

Los contribuyentes deben tener su residencia habitual en alguno de los municipios incluidos en las zonas escasamente pobladas.

Zonas de intensa despoblación son aquellas agrupaciones de municipios con densidad superior a 8 habitantes por km2.

Zonas de extrema despoblación: Aquellas agrupaciones de municipios con densidad de población menor de 8 habitantes por km2.

Que el contribuyente cumpla el requisito de “estancia efectiva”:

  • Certificación de tarjeta sanitaria
  • Certificación, de que las personas menores de edad, cuentan con una matrícula en alguno de los centros educativos de la localidad

Cosas a tener en cuenta

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indicados conlleva la pérdida del beneficio fiscal

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