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Por nacimiento o adopción de hijos

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

50 euros por cada hijo nacido o adoptado en año en el que se produzca el nacimiento o la adopción.

En el caso de partos o adopciones múltiples, se puede incrementar la cuantía correspondiente de la deducción en 50 euros por cada hijo.

Requisitos

  • Que la suma de todos tus ingresos netos no supere las siguientes cantidades:
  • 19.000 euros si haces la renta individual.
  • 24.000 euros si haces la renta conjunta.
  • Cuando sean dos personas las que tienen derecho a la aplicación de la deducción, su importe se distribuye en partes iguales.

Cosas a tener en cuenta

Esta deducción no es compatible con la aplicación de la deducción autonómica “Por adopción de hijos en el ámbito internacional”.

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