¿Cuánto nos podemos deducir?
- Si tu familia es considerada «numerosa de categoría general», puedes deducirte 200 euros.
- Si perteneces a una «familia de categoría especial», la deducción asciende a 400 euros.
Requisitos
- Debes ser padre/madre y formar parte de una familia numerosa.
- En casos específicos, si eres hermano huérfano puedes tener derecho a la deducción. Estos casos son:
- Si eres parte de un grupo de dos o más hermanos huérfanos bajo tutela, acogimiento o guarda que viven con su tutor o acogedor, pero no dependen económicamente de ellos.
- Si eres parte de un grupo de tres o más hermanos huérfanos mayores de 18 años, o dos de ellos donde uno tiene una discapacidad, que viven juntos y dependen económicamente entre ellos.
- Necesitas tener el título oficial que te identifica como familia numerosa.
- Los ingresos que declares (las sumas en casillas [0435] y [0460]) no deben superar:
- 25.000 euros si haces la declaración solo.
- 30.000 euros si haces la declaración con alguien más (tributación conjunta).
- Si hay más de una persona que podría aplicarse esta deducción y hacen declaraciones por separado, se reparte el monto de la deducción entre todos.
Cosas a tener en cuenta
- Si uno de los cónyuges no puede aplicar la deducción porque gana más de 25.000 euros solo o vive en otra región, el otro cónyuge puede aplicarse toda la deducción (ya sea 200 o 400 euros).
- Incompatibilidad: Si aplicas esta deducción, no puedes también aplicarte la deducción “Por nacimiento o adopción de hijos o acogimiento familiar de menores”.