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Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

  • Cuantía de la deducción: Se puede deducir el 100% de los gastos realizados en el año en que el joven se emancipe, siempre y cuando estos gastos estén directamente relacionados con la emancipación (como la compra de muebles, gastos de mudanza, renta o compra de vivienda).

  • Límite máximo de deducción: El monto máximo que se puede deducir es de 1.000 euros por contribuyente.

Requisitos

  • Edad del contribuyente: Debe tener menos de 35 años al momento de emanciparse. Sin embargo, puede aplicarse la deducción en el año en que cumpla 36 años, si la emancipación y los gastos relacionados ocurrieron antes de alcanzar esa edad.

  • Emancipación: Se entiende que se ha emancipado cuando el joven deja de vivir con sus padres (ascendientes) y se muda a una vivienda habitual en el Principado de Asturias. Esta vivienda puede ser de su propiedad o alquilada.

  • Ingresos del contribuyente: Para poder acceder a esta deducción, el ingreso del contribuyente no debe superar:

    • 35.000 euros si presenta la declaración de forma individual.
    • 45.000 euros si presenta la declaración de forma conjunta.
  • Acreditar los gastos: Es necesario tener documentos, como facturas, que prueben los gastos realizados por la emancipación.

Cosas a tener en cuenta

  • Regreso al hogar familiar: Si el joven regresa a vivir con sus padres antes de tres años después de emanciparse, perderá el derecho a esta deducción.

  • Documentación de gastos: Para demostrar los gastos relacionados con la emancipación, es necesario presentar documentos válidos, como facturas u otros documentos aceptados legalmente.

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