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Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

Se puede deducir 300 euros por cada descendiente o adoptado de hasta 25 años. Si el descendiente termina el año fiscal con 25 o 26 años, se seguirán considerando la mayoría de requisitos, excepto la edad. En el año que el descendiente cumpla 26 años, la deducción se calcula proporcionalmente a los meses cumplidos antes de esa edad.

Requisitos

  • Los ingresos anuales no deben superar:
    • 35,000 euros para declaraciones individuales.
    • 45,000 euros para declaraciones conjuntas.
  • Los progenitores, adoptantes o tutores deben vivir con el descendiente al finalizar el año fiscal.
  • Si hay más de una persona que puede aplicar la deducción en una misma familia, la deducción se divide entre todos, pero solo aquellos que cumplan con los requisitos se beneficiarán de la deducción.

Cosas a tener en cuenta

  • Esta deducción es incompatible con la deducción “Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años”, que se menciona en el artículo 14 bis. Es decir, si aplicas una de las deducciones, no puedes aplicar la otra para el mismo descendiente.
  • Si tienes derecho a aplicar ambas deducciones, deberás escoger una, no puedes combinarlas para el mismo descendiente.

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