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Deducciones en Andalucía por donativos con finalidad ecológica

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

Puedes deducir el 10% de las cantidades que hayas donado durante el año con propósitos ecológicos. Sin embargo, hay un tope: no puedes deducir más de 150 euros, incluso si donaste más.

Requisitos

  • Debes hacer las donaciones a:

    • Entidades públicas de Andalucía o corporaciones locales de Andalucía que tengan como objetivo la defensa y conservación del medio ambiente. El dinero donado debe usarse específicamente para programas relacionados con el medio ambiente.

    • Organizaciones sin fines de lucro y entidades que puedan recibir mecenazgo (donaciones), tal como lo estipulan los artículos 2 y 16 de la Ley 49/2002. Estas organizaciones deben centrarse exclusivamente en la defensa del medio ambiente y estar registradas en Andalucía.

  • Debes poder probar que hiciste la donación. Esto se hace mediante un certificado que te debe proporcionar la entidad a la que donaste, basándose en lo establecido en el artículo 24 de la Ley 49/2002.

Cosas a tener en cuenta

Es fundamental conservar el certificado de donación para poder aplicar esta deducción. Sin él, no podrías demostrar que hiciste la donación y, por lo tanto, no podrías deducirte el importe.

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