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Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

El 20 por 100 del importe de la donación. Las donaciones tienen que ser efectuadas a cualquiera de las siguientes entidades:

  1. La Comunidad Autónoma de Aragón y los organismos y entidades públicas, cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente y la investigación y el desarrollo científico y técnico.
  2. Las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales, siempre que su fin exclusivo o principal sea la defensa del medio ambiente o la investigación y el desarrollo científico y técnico y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Límites

Ésta deducción no podrá exceder el 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica de la declaración.

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