¿Tienes alguna duda?

Resolvemos tus consultas fiscales o laborales GRATIS y en menos de 24 horas

¿Tienes alguna duda?

Resolvemos tus consultas fiscales o laborales GRATIS y en menos de 24 horas haciendo clic aquí

Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

El 3 por 100 de las cantidades satisfechas durante el año por la adquisición de una vivienda nueva situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos

  • Que la vivienda nueva sea de protección pública de vivienda y la primera residencia habitual del interesado.
  • Que los contribuyentes tengan la consideración de víctimas del terrorismo o, en su defecto y por este orden, su cónyuge o pareja de hecho o los hijos que vinieran conviviendo con los mismos.
  • Los conceptos de adquisición, vivienda habitual, base máxima de la deducción y su límite máximo serán los fijados por la normativa estatal vigente a 31 de diciembre de 2012 para la deducción por inversión en vivienda habitual.
  • Es aplicable el requisito de la comprobación de la situación patrimonial del contribuyente.
Planes y Precios
Para particulares
Para No Residentes
Guías
Nosotros