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Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

  • El importe satisfecho por el contribuyente, en concepto de gastos de defensa jurídica derivados de la relación laboral en procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato y reclamación de cantidades.

Requisitos

  • El importe máximo de deducción será de 200 euros, tanto en tributación individual como conjunta.
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