¿Cuánto nos podemos deducir por obras de adecuación de la vivienda por discapacitados?
Se podrá deducir por obras de adecuación de la vivienda por discapacitados, el 10 por 100 de lo pagado durante el año, por las obras e instalaciones de adecuación a la vivienda por discapacidad.
Límites
Ésta deducción junto con el de las deducciones autonómicas “Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de Interés Cultural”, “Por inversión en vivienda habitual” y “Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual» no podrá exceder el 15 por 100 de la cuota íntegra autonómica,