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Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en zonas rurales en riesgo de despoblamiento

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

100 euros por cada hijo nacido o adoptado en el año

Requisitos

  • El menor conviva con el declarante a la fecha de pagar el impuesto
  • El declarante tenga su residencia habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación.
  • Que la suma de los ingresos netos no supere las siguientes cantidades:

    • 25.009 euros en tributación individual.
    • 35.240 euros en tributación conjunta

Cosas a tener en cuenta

  • Cuando exista más de una persona con derecho a la aplicación de la deducción, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno
  • Se prorratea de la deducción en el caso de que uno de los padres presente declaración individual y el otro conjunta con los hijos menores de edad, en el caso de las parejas de hecho cuando ambos convivan con el menor y en los supuestos de padres separados o divorciados con guarda y custodia compartida de los hijos.
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