Optimiza tu Declaración de la Renta

Haz tu renta con las máximas garantías y el máximo ahorro

¿Tienes alguna duda?

Resolvemos tus consultas fiscales o laborales GRATIS y en menos de 24 horas haciendo clic aquí

Modelo 210: Impuesto sobre la Renta de los No Residentes

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes?

En España, las personas que obtienen rentas y no viven en territorio español, tributan por este dinero obtenido en el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes. Es un impuesto directo, esto quiere decir que se paga por generar riqueza, ya seas persona física o jurídica. Debes presentar el modelo 210, que hace referencia al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) en España si vives menos de 183 días al año en el país y no cuentas con tu residencia fiscal aquí. En este caso, se tributa de manera especial con este Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) por la rentas y plusvalías que se reciben desde el territorio español. Hay distintos criterios para ser considerado no residente español. Como ya hemos introducido, si no resides en España, pero tienes propiedades en España, por ejemplo, tendrás que hacer frente al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes y a otro impuesto de carácter local, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Tasas impositivas del modelo 210: Impuesto sobre la Renta de los No Residentes

Esta declaración, en función del tipo de ingresos y país de residencia aplica unas tasas impositivas entre el 19% y el 24%. Si tu residencia se encuentra en Europa, el porcentaje de tributación que soportaras es del 19% pudiendo deducir gastos. En cambio, si tu residencia está fuera de Europa, el porcentaje de tributación que aplicaras sobre tus ingresos es del 24%, sin opción de deducir gastos. Los ingresos que vas a tener que declarar en el modelo 210 del impuesto sobre la renta de los no residentes son los obtenidos en España a través de:
  • Actividades económicas
  • Rentas de capital inmobiliario
  • Posesión de una segunda residencia
  • y/o pensiones.

¿Cuándo se debe presentar el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes?

Dependiendo del tipo de renta que obtengas, tendrás que presentar el impuesto sobre la renta de los no residentes de manera trimestral o bien, anual. Es importante destacar que se han llevado a la Comisión Europea diversos recursos debido a que este impuesto vulnera la libre circulación de capitales y discrimina a los no residentes. El motivo es porque trata diferente a las personas en función de su residencia y no se les permite a los no residentes aplicar la reducción del 60% establecida en IRPF para los residentes en España que alquilan viviendas. En Portugal ya hay una sentencia reciente, esta Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 18 de marzo de 2021 (asunto C-388/19), dictada contra Portugal pone de manifiesto este aspecto.

¿Cómo funciona Impuesto sobre la Renta de los No Residentes?

En función de cómo obtienes la renta, el modelo 210 del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes se tributa de la siguiente manera:

Rendimientos derivados de actividades económicas

Rentas obtenidas por actividades o explotaciones económicas realizadas en España mediante establecimiento permanente de forma habitual, que se realice en España. Para esta opción es muy importante conocer el caso de forma individual y saber si existen convenio de doble imposición con el país en cuestión. Rentas obtenidas sin establecimiento permanente que se realizan en España excepto las compraventas internacionales de mercancías, incluidos gastos y comisiones. Además, cuando la actividad es de prestación de servicios que den soporte a actividades económicas, se tributa por la parte de la actividad desarrollada en España. También se debe tributar por la actuación personal en territorio español de artistas y deportistas aun cuando se reciban por una persona o entidad distinta. Se consideran establecimientos permanentes para este impuesto:
  • Las sedes de dirección
  • Las sucursales
  • Las oficinas
  • Las fábricas
  • Los talleres
  • Los almacenes
  • Tiendas u otros establecimientos
  • Las minas
  • Los pozos de petróleo o de gas
  • Las canteras
  • Las explotaciones agrícolas, forestales o pecuarias
  • Cualquier otro lugar de explotación o de extracción de recursos naturales
  • Las obras de construcción, instalación o montaje cuya duración exceda de seis meses.

Rendimientos del trabajo

Las rentas de trabajo tributan por este impuesto cuando vienen de un trabajo prestado en territorio español esto es el llamado criterio de territorialidad. Por el que un rendimiento del trabajo se considera obtenido en territorio español cuando el trabajo se realice en España.

Pensiones y demás prestaciones vitalicias

Las pensiones y demás rentas vitalicias tendrán que recogerse en éste modelo 210 deben tributar por este impuesto en España cuando deriven de un empleo realizado en territorio español. También tributarán cuando se pagan por una persona, entidad o establecimiento permanente que reside en territorio español.

Retribuciones de los administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces o de órganos representativos.

Cuando se pagan por una entidad residente en territorio español.

Rendimientos de capital.

Los dividendos y otros rendimientos que se obtienen de la participación de fondos propios de entidades residentes en España. Intereses y otros rendimientos de capital obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios cuando son pagados por personas o entidades residentes en España o por establecimientos permanentes que pagan por la prestación de capital en territorio español. Cánones pagados por personas o entidades residentes en territorio español, o por establecimientos permanentes situados en el mismo, o que se utilicen en territorio español.

Rendimientos de capital Inmobiliario.

Los rendimientos derivados, directa o indirectamente, de bienes inmuebles situados en territorio español o de derechos relativos a los mismos, como por ejemplo arrendar tu vivienda en España.

Rentas imputadas a contribuyentes personas físicas titulares de bienes inmuebles urbanos no afectos a actividades económicas.

Inmuebles situados en territorio español que no están generando rentas a los propietarios.

Ganancias patrimoniales.

    • Cuando deriven de valores emitidos por personas o entidades residentes.
    • Cuando deriven de otros bienes muebles situados en territorio español.
    • Cuando procedan de bienes inmuebles situados en territorio español.
    • Cuando se incorporen al patrimonio bienes situados en territorio español o derechos que deban cumplirse o se ejerciten en este territorio, aun cuando no deriven de una transmisión previa, como las ganancias en el juego.
Para todo lo anterior, hay que tener en cuenta, que en España tiene firmados gran cantidad de convenios para evitar la doble imposición internacional con otros Estados. Éstos permiten que las rentas obtenidas en España por residentes en dichos Estados queden excluidas de tributación o que se sometan a un tipo impositivo más favorable. Por este motivo, hay que analizar en cada caso tanto la Ley como los acuerdos internacionales suscritos por España.

¿Quién debe tributar por el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes?.

Debes pagar este impuesto si estás entre:
  • Las personas físicas y entidades que no residen en territorio español que obtienen rentas en España, salvo que presenten el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
  • Las entidades en régimen de atribución de rentas (estas entidades son las comunidades de herederos, las de bienes y las de propietarios.) constituidas en el extranjero que realizan una actividad económica en territorio español, y esta actividad se desarrolla de forma completa o una parte de ella, de forma continuada, mediante instalaciones o lugares de trabajo, o actúe en él a través de un agente autorizado para contratar, en nombre y por cuenta de la entidad.
Si no resides en España, tu domicilio fiscal para cumplir con tus impuestos será:
  • Cuando operes en España a través de establecimiento permanente, en el lugar en que se realice la gestión administrativa y la dirección de los negocios. Si no puede establecerse el lugar del domicilio fiscal de acuerdo con el criterio anterior, será aquel en el que se encuentre el mayor valor del inmovilizado.
  • Cuando obtengas rentas derivadas de bienes inmuebles, en el domicilio fiscal del representante y, en su defecto, en el lugar de situación del inmueble correspondiente.
  • En los restantes casos, en el domicilio fiscal del representante o, en su defecto, en el del responsable solidario.

Registro de ingresos y gastos del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes

Si tienes que tributar por este Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, en el modelo 210 estarás obligado a llevar los registros de ingresos y gastos correspondientes, los cuales veremos a continuación. Cuando tengas que practicar retenciones e ingresos a cuenta, estarás obligado a presentar la declaración censal y a llevar los registros de ingresos y gastos. Estarán obligados a practicar retenciones e ingresos a cuenta sobre las rentas sujetas:
  • Las entidades, incluidas las entidades en régimen de atribución rentas (estas entidades son las comunidades de herederos, las de bienes y las de propietarios), residentes en territorio español.
  • Las personas físicas residentes en territorio español que realicen actividades económicas, respecto de las rentas que satisfagan o abonen en el ejercicio de aquéllas.
  • Los que presentan este impuesto mediante establecimiento permanente o sin establecimiento permanente, pero, en este caso, únicamente respecto de los rendimientos que vienen de prestaciones de servicios, asistencia técnica, obras de instalación o montaje derivadas de contratos de ingeniería y en general actividades de explotación.
Planes y Precios
Para particulares
Para No Residentes
Guías
Nosotros

Suscríbete a la newsletter

Temas de actualidad, trucos para pagar menos (y ahorrar más) en tus impuestos, recordatorios y mucho más, cada semana en tu bandeja de entrada.