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Inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por inversiones o donaciones a entidades de la economía social?

El 20 por 100 de las cantidades invertidas durante el año en aportaciones con la finalidad de ser socio en entidades que formen parte de la Economía Social.

El 50 por 100 de las cantidades donadas, a entidades que formen parte de la Economía social para el desarrollo de actividades económicas tanto nuevas como de afianzamiento de las ya realizadas.

El 25 por 100 de las cantidades donadas, a entidades que formen parte de la Economía social para la realización de actividades de fomento y difusión de la Economía social,

Requisitos

La participación obtenida, junto con las de familiares por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado incluido, no podrá ser superior al 40 por 100 del capital de la entidad objeto de la inversión o donación.

La entidad en la que se produce la inversión o donación tendrá que cumplir los siguientes requisitos:

  • Formar parte de la economía social.
  • Tener su domicilio social y fiscal en Cantabria.
  • Contar, al menos, con una persona ocupada con contrato laboral.

Estos 3 requisitos de deben mantener al menos 3 años

  • Las operaciones en las que sea de aplicación la deducción deberán formalizarse en escritura pública
  • se tiene que acreditar la realización de la donación y el valor, mediante certificación emitida por la entidad a la que realizas la donación.
  • Las donaciones que forman esta deducción deben realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las entidades que reciban la donación.
  • En la deducción del 20 por 100 de las cantidades invertidas con la finalidad de ser socio en entidades de la Economía Social, se exige que la participación en el capital adquirido como consecuencia de la inversión realizada, se tiene que mantener durante un período mínimo de cinco años.

Límites

El importe máximo conjunto de los tres supuestos de esta deducción es de 3000 euros tanto en tributación individual como conjunta.

Cosas a tener en cuenta

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