¿Cuánto nos podemos deducir por gastos de guardería en zonas rurales con riesgo de despoblamiento?
Nos podemos deducir por gastos de guardería en zonas rurales con riesgo de despoblamiento, el 30 por 100 de las cantidades pagadas al año por los gastos de guardería.
Requisitos
Que la vivienda habitual se encuentre situada en una de las zonas rurales de Cantabria en riesgo de despoblamiento. Se tiene que cumplir alguno de los siguientes criterios:
- Población inferior a 2.000 habitantes.
- Densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado.
- Tasa de envejecimiento superior al 30 por 100
Que la suma de los ingresos netos, menos el mínimo personal y familiar, sea inferior a:
- 22.946 euros en tributación individual.
- 31.485 euros en tributación conjunta.
La base de esta deducción la forman las cantidades justificadas con factura y pagadas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que presten los servicios de guardería.
Si hay más de una persona con derecho a la deducción, se prorrateará la deducción según los gastos justificados por cada uno.
Límites
El límite de la deducción será de 600 euros anuales por hijo menor de tres años
Cosas a tener en cuenta
Esta deducción es incompatible con la de: «Por gastos de guardería».