¿Cuánto nos podemos deducir?
- Deducción: El 100% de los gastos de formación en que hayas incurrido para trabajos especialmente cualificados en áreas de investigación y desarrollo, científicas o técnicas.
- Límite: El importe máximo de deducción es de 2.000 euros.
Requisitos
Tiempo de finalización de estudios: No debe haber pasado más de tres años desde que finalizaste tu formación académica.
Residencia: Debes tener tu residencia habitual en el Principado de Asturias y mantenerla al menos durante tres años.
Incorporación al mercado laboral: La deducción se aplica en el año en que te incorporas al mercado laboral. Esto significa:
- Si trabajas para alguien (por cuenta ajena): Desde la fecha de firma del contrato de trabajo.
- Si trabajas por tu cuenta: Desde la fecha de alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente. Deberás mantener esta situación al menos un año, excepto en caso de fallecimiento.
Actividades cualificadas: Las actividades que califican para esta deducción son aquellas realizadas por personas en el Grupo de Cotización 1 del Régimen General de la Seguridad Social y están principalmente relacionadas con:
- Investigación y desarrollo: Esto incluye investigación básica, investigación aplicada, desarrollo experimental, y diseño de software avanzado.
- Actividades científicas y técnicas: Estas abarcan innovación tecnológica, desarrollo sostenible, protección medioambiental, y servicios para empresas innovadoras o en fases iniciales de desarrollo.
Cosas a tener en cuenta
Incompatibilidad: Esta deducción no es compatible con la deducción destinada a aquellos que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias para trabajos especialmente cualificados, según el artículo 14 octies. Sin embargo, si haces una declaración conjunta y las deducciones son generadas por diferentes contribuyentes, ambas pueden ser aplicables.