¿Cuánto podemos deducirnos por gastos de enfermedad para residentes?
El 35 por 100 de los siguientes gastos abonados en el año.
Requisitos
Se pueden beneficiar de esta deducción las personas con residencia habitual en el año 2021 en la Isla de la Palma que cumplan alguna de estas circunstancias:
- Desalojados de forma definitiva de los inmuebles donde residían, por haber quedado destruidos, inhabitables o inaccesibles.
- Que los inmuebles donde se ubicaban sus lugares de trabajo o sus medios de subsistencia hayan sido destruidos, inhabitables o inaccesibles
Las cantidades tienen que estar justificadas con factura y satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que presten los servicios.
Límites
Límite anual de:
- 500 euros en tributación individual.
- 700 euros en tributación conjunta.
Estos límites se pueden incrementar en 100 euros en tributación individual cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
Cosas a tener en cuenta
La deducción general «Por gastos de enfermedad» y esta deducción son incompatibles respecto de la misma persona.