¿Cuánto nos podemos deducir?
A. En general:
- 15% de lo que hayas pagado por gastos de cuidado de tus descendientes en centros de 0 a 3 años.
- Límite: Puedes deducir hasta 500 euros al año por cada hijo menor de 3 años.
B. Si vives en zonas con riesgo de despoblación:
- 30% de lo que hayas pagado en el mismo concepto.
- Límite: Puedes deducir hasta 1.000 euros al año por cada hijo menor de 3 años.
Requisitos
A. En general:
- Ingresos anuales (sumando las bases imponibles general y del ahorro) no deben superar:
- 26.000 euros si haces la declaración individual.
- 37.000 euros si haces la declaración conjunta.
- Ingresos anuales (sumando las bases imponibles general y del ahorro) no deben superar:
B. Si vives en zonas con riesgo de despoblación:
- Ingresos anuales (igualmente sumando las bases) no deben superar:
- 35.000 euros en declaración individual.
- 45.000 euros en declaración conjunta.
- Ingresos anuales (igualmente sumando las bases) no deben superar:
Otros requisitos y condiciones generales:
- Los padres, adoptantes o tutores deben vivir con el niño.
- La deducción también es válida si tienes a un menor en acogida.
- En caso de custodia compartida, ambos padres pueden acceder a la deducción si demuestran que han incurrido en el gasto.
Cosas a tener en cuenta
- Debes restar de la deducción cualquier ayuda que hayas recibido del Principado de Asturias relacionada con el cuidado de hijos de 0 a 3 años.
- Si hay varios que tienen derecho a la deducción, el monto se divide por igual entre todos.
- Hay un prorrateo en el año que el niño cumple 3 años. Esto significa que solo puedes deducir un porcentaje de los meses en que el niño tenía menos de 3 años.
- Si el niño fallece antes del fin del año fiscal, aún puedes aplicar la deducción.
- La deducción es incompatible con otra deducción denominada “Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad”. Es decir, no puedes aplicar ambas deducciones para el mismo hijo.