¿Cuánto nos podemos deducir por familia numerosa?
Nos podemos deducir por familia numerosa, con carácter general:
- 450 euros, para categoría general.
- 600 euros, para categoría especial.
Cuando alguna persona a la que sea de aplicación el mínimo personal y familiar tenga un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65 por 100, el importe de la deducción será:
- 1.000 euros, cuando se trate de familia numerosa de categoría general.
- 1.100 euros, cuando se trate de familia numerosa de categoría especial
Requisitos
Las condiciones necesarias para la consideración y su clasificación por categorías se determinarán con arreglo a lo establecido en la Ley
El título deberá estar expedido por el órgano competente en materia de servicios sociales del Gobierno de Canarias o por los órganos correspondientes del Estado o de otras Comunidades Autónomas.
La deducción se practica por la persona con quien convivan los restantes miembros. Cuando éstos convivan con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
Cosas a tener en cuenta
Esta deducción es compatible con la deducción «Por nacimiento o adopción de hijos».