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Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias?

El 20 por 100 de las cantidades donadas.

Requisitos

  • Las cantidades deben ser destinadas para la rehabilitación o conservación de bienes que se encuentran en Canarias, que formen parte del patrimonio histórico de Canarias y estén inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural
  • las donaciones se deben realizar a favor de cualquiera de las siguientes entidades:

Las Administraciones públicas, así como las entidades e instituciones que dependen de ellas.

La Iglesia católica y las iglesias, confesiones o comunidades religiosas que tengan acuerdos de cooperación con el Estado español.

Límites

El importe de esta deducción no podrá exceder de:

  • El 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica.
  • 150 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.

El 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica.

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