¿Cuánto nos podemos deducir por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias?
El 20 por 100 de las cantidades donadas.
Requisitos
- Las cantidades deben ser destinadas para la rehabilitación o conservación de bienes que se encuentran en Canarias, que formen parte del patrimonio histórico de Canarias y estén inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural
- las donaciones se deben realizar a favor de cualquiera de las siguientes entidades:
Las Administraciones públicas, así como las entidades e instituciones que dependen de ellas.
La Iglesia católica y las iglesias, confesiones o comunidades religiosas que tengan acuerdos de cooperación con el Estado español.
Límites
El importe de esta deducción no podrá exceder de:
- El 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica.
- 150 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
El 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica.