¿Cuánto nos podemos deducir por donaciones para investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica?
Nos podemos deducir por donaciones para investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica, el 25 por 100, de los donativos monetarios efectuados.
Requisitos
Realizados a favor de los siguientes centros o entidades:
- Centros de investigación adscritos a universidades gallegas y de los participados por la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan por objeto el fomento de la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos.
- Entidades sin ánimo de lucro, a condición de que estas últimas tengan la consideración de organismo de investigación y difusión de conocimientos
Límites
Límite del 10 por 100 de la cuota íntegra autonómica