¿Qué deducciones hay en la renta para Aragón?
En esta entrada te vamos a explicar cómo puedes «ahorrar» en tu declaración de la renta si vives en Aragón. Como ya sabes, cada comunidad autónoma establece unas deducciones en la declaración de la renta para sus ciudadanos. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, «la renta» o «el IRPF» es una de las vías mediante las cuales se financian las comunidades autónomas y está regulado en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.¿Qué pueden hacer las comunidades autónomas?
A través de ésta ley, las Comunidades Autónomas pueden aprobar deducciones aplicables sobre la cuota íntegra autonómica en varias materias:
- Circunstancias personales y familiares.
- Inversiones no empresariales.
- Aplicación de renta.
- Subvenciones y ayudas públicas no exentas que se perciban de la Comunidad Autónoma, con excepción de las que afecten al desarrollo de actividades económicas o a las rentas que se integren en la base del ahorro.
Además, también deciden sobre:
- Cómo debes justificar esas deducciones.
- Los límites a esas deducciones.
- Los distintos requisitos para poder aplicarlas.
Las deducciones para el ejercicio 2021 sólo se las podrán aplicar en sus declaraciones de la renta las personas que, durante dicho ejercicio, hubieran tenido la residencia habitual en Aragón.
Deducciones para la renta en Aragón
La Comunidad Autónoma de Aragón tiene vigentes todas estas deducciones para la renta.
1. Por circunstancias personales y familiares.
- Por nacimiento o adopción del tercer o sucesivos hijos.
- Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Por adopción internacional.
- Por cuidado de personas dependientes.
- Para contribuyentes mayores de 70 años.
- Por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.
- Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años.
- Por acogimiento de personas o familias ucranianas desplazadas con motivo del conflicto armado en su país.
2. Relativa a la vivienda habitual.
- Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos.
- Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago.
3. Por donativos y donaciones.
- Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico.
- Por ayudas de carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado en su país.
4. otros conceptos.
- Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador).
- Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil.
- Por adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación.
- Por gastos por adquisición de libros de texto y material escolar.
- Por inversión en entidades de economía social.