¿Cuánto nos podemos deducir?
El 15 por 100 del importe pagado por cuenta del empleador o empleadora a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar.
Requisitos
Cónyuges o parejas de hecho que cumplan las siguientes condiciones:
- Que los integrantes de la pareja de hecho sean madres o padres de hijos que formen parte de la unidad familiar.
- Que ambos integrantes de la pareja de hecho perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Que la pareja de hecho esté inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Familias monoparentales que cumplan la siguiente condición:
- Que el padre o la madre de la familia monoparental reciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
Límites
El importe máximo de la deducción no podrá superar 250 euros.
Cosas a tener en cuenta
A efectos de la deducción, tiene la consideración de familia monoparental la formada por la madre o el padre y los hijos que convivan con una u otro y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
- Hijos menores de edad, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de éstos.
- Hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.