¿Cuánto nos podemos deducir?
100 euros por cada persona que tenga la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.Requisitos
Que la suma de los ingresos netos no supere las siguientes cantidades: 19.000 euros en tributación individual. 24.000 euros en tributación conjunta.Cosas a tener en cuenta
Se considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el caso de pensionistas de la Seguridad Social, cuando tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y en el caso de los pensionistas de clases pasivas cuando tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.Igualmente, se considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.