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Para contribuyentes con discapacidad

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

100 euros por cada persona que tenga la consideración legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.

Requisitos

Que la suma de los ingresos netos no supere las siguientes cantidades: 19.000 euros en tributación individual. 24.000 euros en tributación conjunta.

Cosas a tener en cuenta

Se considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el caso de pensionistas de la Seguridad Social, cuando tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y en el caso de los pensionistas de clases pasivas cuando tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Igualmente, se considera acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.
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