¿Cuánto nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos?
Nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos:
Por cada hijo nacido o adoptado en el año.
Ingresos netos – mínimo personal y familiar, menor o igual a 22.000 euros:
- 360 euro el primer hijo.
- 1.200 euros el segundo.
- 2.400 a partir del tercero.
Ingresos netos – mínimo personal y familiar, mayor a 22.000,01 euros:
- 300euros por hijo.
- 360 por hijo en caso de parto múltiple.
Aplicación de la deducción en los dos años siguientes al de nacimiento o adopción.
Ingresos netos – mínimo personal y familiar, menor o igual a 22.000 euros:
- 360 euro el primer hijo.
- 1.200 euros el segundo.
- 2.400 a partir del tercero
Ingresos netos – mínimo personal y familiar, entre 22.000,01 y 31.000 euros:
- 300 euros por hijo.
Ingresos netos – mínimo personal y familiar, mayor a 31.000 euros:
- No aplica
Cosas a tener en cuenta
Las cuantías anteriores se pueden incrementar en un 20 por 100 para los residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes y en los procedimientos de fusión e incorporación.
Las cuantías fijadas de esta deducción se duplican en caso de que el nacido o adoptado tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Cuando, en el año del nacimiento o adopción o en los dos siguientes, los hijos nacidos o adoptados convivan con ambos padres, la deducción se aplica por mitad en la declaración de cada uno.