¿Cuánto nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos?
Nos podemos deducir por nacimiento o adopción de hijos, por cada hijo nacido o adoptado en el año, que dé el derecho a la aplicación del mínimo por descendiente, las siguientes cantidades:
- 100 euros en el caso de partos o adopciones de un hijo.
- 500 euros en el caso de partos o adopciones de dos hijos.
- 900 euros en el caso de partos o adopciones de tres o más hijos.
Requisitos
Que la suma de los ingresos netos no supere:
- 27.000 euros en tributación individual.
- 36.000 euros en tributación conjunta.
Se tienen en cuenta las normas para la aplicación del mínimo por descendientes.
Cosas a tener en cuenta
Lo que genera el derecho a cada una de estas deducciones es el número de hijos en cada parto y no el número de nacimientos durante el ejercicio.
Cuando dos o mas personas tienen derecho a esta deducción sobre los mismos descendientes y alguna de ellas no cumpla el ultimo requisito, el importe para los demás se reduce sobre la proporción que resulte de aplicar las normas para el prorrateo del mínimo por descendientes.