¿Qué deducciones hay en la renta para en Asturias?
En esta entrada te vamos a explicar cómo puedes «ahorrar» en tu declaración de la renta si vives en Asturias.
Como ya sabes, cada comunidad autónoma establece unas deducciones en la declaración de la renta para sus ciudadanos.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, «la renta» o «el IRPF» es una de las vías mediante las cuales se financian las comunidades autónomas y está regulado en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.
¿Qué pueden hacer las comunidades autónomas?
A través de ésta ley, las Comunidades Autónomas pueden aprobar deducciones aplicables sobre la cuota íntegra autonómica en varias materias:
- Circunstancias personales y familiares.
- Inversiones no empresariales.
- Aplicación de renta.
- Subvenciones y ayudas públicas no exentas que se perciban de la Comunidad Autónoma, con excepción de las que afecten al desarrollo de actividades económicas o a las rentas que se integren en la base del ahorro.
Además, también deciden sobre:
- Cómo debes justificar esas deducciones.
- Los límites a esas deducciones.
- Los distintos requisitos para poder aplicarlas.
Las deducciones sólo se las podrán aplicar en sus declaraciones de la renta las personas que, durante el ejercicio, hubieran tenido la residencia habitual en Asturias.
Deducciones para la renta en Asturias
La Comunidad Autónoma de Asturias tiene vigentes todas estas deducciones para la renta.
1. Por circunstancias personales y familiares
- Por acogimiento no remunerado mayores 65 años.
- Por adopción internacional de menores.
- Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha.
- Por familias numerosas.
- Por familias monoparentales.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por gastos de descendientes en centros de 0 a 3 años.
- Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad.
2. Relativa a la vivienda habitual
- Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad.
- Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad.
- Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación.
3. Por donativos y donaciones
4. Otros conceptos
- Por certificación de la gestión forestal sostenible.
- Por adquisición de libros de texto y material escolar.
- Para contribuyentes que se establezcan como trabajadores por cuenta propia, o autónomos en zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Por gastos de transporte público para residentes en zonas rurales en riesgo de despoblación.
- Por gastos de formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico.
- Para contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales para el desarrollo de trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico.
- Por adquisición de vehículos eléctricos.
- Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad.