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Deducciones en la Renta para La Rioja

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Qué deducciones hay en la renta para La Rioja?

En esta entrada te vamos a explicar cómo puedes «ahorrar» en tu declaración de la renta si vives en La Rioja.

Como ya sabes, cada comunidad autónoma establece unas deducciones en la declaración de la renta para sus ciudadanos.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, «la renta» o «el IRPF» es una de las vías mediante las cuales se financian las comunidades autónomas y está regulado en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

¿Qué pueden hacer las comunidades autónomas?

A través de ésta ley, las Comunidades Autónomas pueden aprobar deducciones aplicables sobre la cuota íntegra autonómica en varias materias:

  • Circunstancias personales y familiares.
  • Inversiones no empresariales.
  • Aplicación de renta.
  • Subvenciones y ayudas públicas no exentas que se perciban de la Comunidad Autónoma, con excepción de las que afecten al desarrollo de actividades económicas o a las rentas que se integren en la base del ahorro.

Además, también deciden sobre:

  • Cómo debes justificar esas deducciones.
  • Los límites a esas deducciones.
  • Los distintos requisitos para poder aplicarlas.

Las deducciones para el ejercicio sólo se las podrán aplicar en sus declaraciones de la renta las personas que, durante dicho ejercicio, hubieran tenido la residencia habitual en La Rioja.

Deducciones para la renta en La Rioja

La Comunidad Autónoma de La Rioja tiene vigentes todas estas deducciones para la renta:

1. Por circunstancias personales y familiares

  • Por nacimiento y adopción de hijos.
  • Por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes con residencia habitual en pequeños municipios.
  • Por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, o guarda con fines de adopción.
  • Por cada hijo de 0 a 3 años de contribuyentes que tengan su residencia o trasladen la misma a pequeños municipios de la Rioja y la mantengan durante un plazo de al menos 3 años consecutivos.
  • Por cada hijo de 0 a 3 años escolarizado en escuelas infantiles o centros de educación infantil de cualquier municipio de La Rioja.
  • Por gastos para contratación de personal para el cuidado de familiares afectados por la Covid-19.

2. Relativa a la vivienda habitual

  • Por adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios.
  • Por gastos por acceso a internet para jóvenes emancipados.
  • Por gastos por suministro de luz y gas de uso doméstico para jóvenes emancipados.
  • Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.
  • Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años.
  • Por cantidades invertidas para la adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes.
  • Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural.
  • Por las cantidades invertidas durante el ejercicio en obras de rehabilitación de vivienda habitual.
  • Por obras de adecuación de vivienda habitual para personas con discapacidad.

3. Por donativos y donaciones

  • Sin deducciones

4. Otros conceptos

  • Por adquisición de vehículos eléctricos nuevos.
  • Por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido.

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