¿Cuánto nos podemos deducir?
Si vives en Andalucía y eres beneficiario de las ayudas a viviendas protegidas puedes deducirte 30 euros por las subvenciones o ayudas económicas percibidas para la adquisición o reforma de tu vivienda habitual (que tenga la consideración de protegida). La deducción solo te la puedes aplicar una vez (da igual si la has recibido de golpe o fraccionada) y la tienes que meter en el año en el que la hayas recibido o, como mucho, si la has recibido fraccionada, al año siguiente. En el caso de que hagas la declaración conjunta, la deducción será de 30 euros, aunque hayan varios que tenga derecho.Requisitos
Que tus ingresos anuales ( o de tu unidad familiar), no superen:- 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM en el caso de viviendas protegidas de régimen especial.
- 4 veces el IPREM para las viviendas protegidas de régimen general.
- 5,5 veces el IPREM en las vivienda protegidas de precio limitado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030 (BOJA 03-07-2020).
¿Te ayudamos?
Todo esto está muy bien…pero…¡No tengo ni ganas ni tiempo de mirar toda esa info! Además, en muchas ocasiones, las deducciones autonómicas no están recogidas en el borrador de tu declaración de la renta y por tanto… Si eres uno de los beneficiarios de las ayudas a viviendas protegidas en Andalucía…¡Estás perdiendo dinero! Pero tranquil@, ¡podemos ayudarte!Si lo que necesitas (a parte de la información, que está muy bien) es que nuestro equipo de profesionales se encargue de hacer tu declaración para no «meter la pata» puedes mirar nuestros planes de precios (Pro y Gold incluyen el servicio de renta) o encargarnos sólo la declaración de la renta.
Alguna que otra declaración de la renta llevamos a nuestras espaldas…y además…si cometemos algún error… ¡La sanción la pagamos nosotros!