¿Cuánto nos podemos deducir por el cuidado de ascendientes mayores de 75 años?
Nos podemos deducir por cuidado de ascendientes mayores de 75 años, 150 euros por el cuidado de cada ascendiente mayor de 75 años,
Requisitos
No puedes aplicar esta deducción cuando el mayor de 75 años que tiene el derecho a las misma, resida durante más de 30 días naturales del año en Centros Residenciales de Mayores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Que la suma de los ingresos netos no supere:
- 27.000 euros en tributación individual.
- 36.000 euros en tributación conjunta.
Para la aplicación de estas deducciones se tienen en cuenta las normas para la aplicación del mínimo por contribuyente y por ascendientes
Cosas a tener en cuenta
La deducción por persona mayores de 75 años y la deducción por ascendientes mayores de 75 años son incompatibles, respectivamente, con la deducción por discapacidad del contribuyente y con la deducción por discapacidad de ascendiente, respecto de la misma persona