¿Qué es el bono del alquiler para jóvenes y cómo se relaciona con la fiscalidad?
Manifestaciones como la del pasado 13 de octubre para protestar por los precios de los alquileres, han provocado que la ministra de Vivienda y Agenda Urbana haya anunciado que llevará al Consejo de Ministros este 15 de octubre la nueva convocatoria del Bono Alquiler Joven, dotada con 200 millones de euros.
Esta ayuda, que ofrece 250 euros mensuales durante dos años para jóvenes, tiene implicaciones fiscales que no deben pasarse por alto a la hora de realizar la declaración de la renta.
Los requisitos para acceder al bono alquiler joven son los siguientes:
- Tener entre 18 y 35 años.
- Acreditar rentas de trabajo.
- La vivienda alquilada debe ser tu residencia habitual y permanente.
- Que los ingresos anuales no superen 3 veces el IPREM.
También se establecen límites en el precio del alquiler para poder acceder a esta ayuda:
- Si alquilas una vivienda completa, el alquiler no puede superar los 600 euros al mes.
- Si se alquila solo una habitación, el límite es de 300 euros al mes.
- Si hay acuerdos especiales, el límite puede ampliarse hasta 900 euros al mes para una vivienda y hasta 450 euros al mes para una habitación.
Este bono es gestionado por cada Comunidad Autónoma, por lo que, para solicitarlo hay que consultar la página web oficial del organismo de vivienda de tu comunidad.
Esta ayuda está disponible en todas las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla, excepto en el País Vasco y Navarra, porque ya tienen sus propios programas de ayudas al alquiler para jóvenes desde hace algunos años.
¿Este bono tributa en la declaración de la renta?
Es fundamental si eres perceptor del bono, conocer que tendrás que incluirlo en tu Renta y que, además, podrá hacer tengas la obligación de presentar declaración.
Por lo general, percibir esta ayuda, te obligará a presentar la Renta, puesto que, como esta ayuda es de 250 euros al mes, al año sumaría 3.000 euros y superaría el límite de 1.000 euros que establece la ley para no declarar.
Por eso, al recibir esta cantidad, sí estarías obligado a hacer la declaración de la renta.
¿Cómo se declara el bono del alquiler para jóvenes?
Esta ayuda supone una ganancia patrimonial para quien la recibe. Por eso, cuando llega la hora de hacer la declaración de la renta, además de declarar lo que ganas por trabajar y por tus inversiones, si, también hay que incluir este tipo de ayudas públicas.
Si tienes que declarar y has recibido el bono del alquiler, deberás incluir la cantidad recibida en la casilla de ayudas públicas al alquiler, dentro de las «Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales».
Además, no hay que confundir el Bono Alquiler Joven con otras ayudas que existen para inquilinos en situación vulnerable, ya que esas pueden estar exentas de impuestos y no se tienen que declarar.
¿Qué porcentaje de tributación se aplica?
El porcentaje de impuestos que se aplicará a lo que ganes, incluyendo el Bono Alquiler Joven, depende de varios factores. Debes tener en cuenta que, para los primeros tramos de ingresos, se te aplicará un impuesto mínimo del 19% que irá aumentando en función de tus ganancias.
Esto significa que parte de lo que ganas, como tu salario y el bono, se verá afectado por este porcentaje. Si tus ingresos no son muy altos, es probable que estés en los tramos más bajos y pagues menos impuestos o incluso, que estén por debajo del mínimo y no tengas que pagar nada por el bono, aunque tengas obligación de presentar la renta.
¿Hay excepciones o deducciones fiscales relacionadas con el bono del alquiler para jóvenes?
El Bono del alquiler joven está pensado exclusivamente para ayudar a pagar el alquiler de la vivienda habitual y, en general, no es compatible con otras ayudas para el mismo fin concedidas por Comunidades Autónomas, los ayuntamientos u otras administraciones públicas.
Sin embargo, hay algunas excepciones. Puedes recibir el bono junto con otras ayudas si:
- Eres una persona especialmente vulnerable.
- Recibes prestaciones no contributivas de la Seguridad Social.
- Eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
En estos casos, puedes combinar las ayudas, pero la suma total de lo que recibes no puede superar el 75% del alquiler. Por ejemplo, si pagas 800 euros de alquiler, entre el bono y otras ayudas no podrás recibir más de 600 euros en total.