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¿Cómo mirar mi situación si estoy en ERTE?

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cómo mirar mi situación si estoy en ERTE?

Para poder comprobar si han aceptado el ERTE, y cuáles serán las fechas de
pago, junto con las cantidades que nos corresponden, debemos entrar a la
página web del SEPE.
 
Vamos a poner paso a paso que tenéis que hacer exactamente para poder mirar vuestra situación en el SEPE.
 

1. Cuando entramos en la página del SEPE hacemos clic en «Sede Electrónica, que está en la parte superior derecha.

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2. Hacemos clic en «Personas» del apartado de procedimientos y servicios electrónicos.

3. Hacemos clic en «Consulte los datos y recibo de su presentación».

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4. Hacemos clic en «Consultas de la presentación».

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5. Puedes consultar tu prestación con:

Certificado digital, DNI electrónico o usuario cl@ve: Para ello deberás tener ya emitido el Certificado Digital, contar con un lector de tarjetas para poder acceder con DNI electrónico o haberte registrado previamente en la web de la Agencia Tributaria con Cl@ve Pin.

Datos de Contraste con tu móvil.

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Os recomendamos mirarlo en «Datos de contraste» en el que tendréis que introducir vuestro DNI, últimos 10 número de vuestra cuenta bancaria y vuestro número de teléfono al que os mandarán el código para acceder. *Es importante poner el número de cuenta que facilitasteis a la empresa a la hora de hacer el ERTE, si no, el número de cuenta en la que os pagan vuestra nómina. Una vez que accedáis podréis descargaros la resolución del cobro de la prestación y en el apartado «Recibo de nóminas» aparecerán las fechas en las que se cobrará la prestación.

¿Qué pasa si no puedo entrar para verlo y no he cobrado la prestación?

Tras todo el revuelo que ha causado que muchos de los trabajadores incluidos en un ERTE no hayan cobrado a día de hoy la prestación, el SEPE ha habilitado un correo electrónico para que todo aquel que no haya cobrado la prestación se ponga en contacto. Es una dirección de correo genérica, no hay uno para cada delegación provincial miprestacion2020@sepe.es

¿Y si no estoy de acuerdo con la cantidad recibida o no me reconocen la prestación?

En primer lugar, hay que hacer una reclamación previa, para posteriormente, acudir a los juzgados, para que sea un juez el que resuelva el caso. Así lo dice el art. 71 de la Ley 36/2011 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social.
Existe un plazo de 30 días para presentar dicha reclamación, a partir del día de la notificación, o si por el contrario no existe notificación alguna hay un plazo de 3 meses desde la fecha de presentación del ERTE.
Esta reclamación se puede presentar por vía telemática o por correo certificado, una vez presentada, el SEPE tendrá un plazo de 45 días para resolver.
Pasado el plazo para resolver, si deniegan o directamente no contestan, tendremos 30 días igualmente para poder interponer demanda en el Juzgado de lo social como os contamos en los tipos de despidos.
Así podéis mirar en qué situación estáis con el ERTE, ¡Ah! y tranquilos…no aparecer es muy normal, ya que el SEPE se ha visto desbordado y hay muchísimas solicitudes aún sin tramitar.
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