¿Cuánto podemos deducir por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico?
Nos podemos deducir por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, el 15 por 100 de las cantidades invertidas con las siguientes finalidades:
- Las cantidades destinadas a bienes inmuebles ubicados en el territorio de Castilla y León a la restauración, rehabilitación o reparación de estos.
- Las cantidades destinadas por los titulares de bienes naturales ubicados en Espacios Naturales y lugares integrados en la Red Natura 2000.
Requisitos
Para aplicar esta deducción los ingresos netos menos el mínimo personal y familiar no puede superar las siguientes cantidades:
- 18.900 euros en tributación individual.
- 31.500 euros en tributación conjunta.
Límites
La base máxima conjunta de las tres deducciones autonómicas no podrá exceder del 10 por 100 de la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro.