¿Cuánto os podemos deducir por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas?
Nos podemos deducir por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas, el 15 por 100 de las cantidades pagadas por el arrendamiento de la vivienda que constituya su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el año.
Requisitos
Que, a la fecha de declarar el impuesto, tengas la residencia habitual en Castilla-La Mancha.
Que formes una familia numerosa que, en la fecha de declarar el impuesto, tenga reconocida esta condición.
Que la suma de los ingresos netos menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de:
- 12.500 euros en tributación individual.
- 25.000 euros en tributación conjunta.
Que en la autoliquidación del IRPF se incluya el número de identificación fiscal del arrendador.
El concepto de vivienda habitual es el fijado por la normativa. Para tener la consideración de vivienda habitual se exige la residencia en ella durante un plazo continuado de tres años.
El límite de esta deducción se prorrateará por el número de días en los que permanezca en vigor el arrendamiento dentro del año.
Límites
Importe máximo de la deducción: 450 euros.
Cosas a tener en cuenta
Esta deducción es incompatible con las deducciones:
- “Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años”.
- “Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago”.
- “Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales”.
- “Por arrendamiento de vivienda habitual por personas discapacitadas”.
- “Por familia numerosa”