¿Cuánto nos podemos deducir por alquiler de la vivienda habitual?
Nos podemos deducir por alquiler de vivienda habitual, el 10 por 100 de las cantidades pagadas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual.
Requisitos
Que el contribuyente se halle en alguna de las situaciones siguientes:
- Tener 32 o menos años.
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el año
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, de la declaración, no supere 20.000 euros anuales.
Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.
Límites
300 euros anuales, siempre que se cumplen los requisitos que se indican en el siguiente apartado
600 euros anuales, siempre que en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) el contribuyente pertenezca a una familia numerosa
Cosas a tener en cuenta
Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de una deducción superior a 600 euros.
Si por una misma vivienda tiene derecho a la deducción más de una persona, cada uno de ellos podrá aplicar en su declaración el importe que se obtenga de dividir la cantidad resultante de calcular el 10 por 100 del gasto total o el límite máximo de 600 euros