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Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan sus cónyuges, ascendientes o descendientes con discapacidad

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

  • Puedes deducir el 3% de lo que hayas pagado durante el año en la compra o modificación de la vivienda que sea o vaya a ser tu residencia principal en el Principado de Asturias, siempre y cuando convivas con un familiar (cónyuge, ascendiente o descendiente) que tenga un grado de discapacidad del 65% o más.
  • No obstante, hay un tope sobre el que puedes aplicar esta deducción, siendo este 13.664 euros. Si gastas más de esta cantidad, el beneficio fiscal se calcula solo sobre este límite.

Requisitos

  • Vivienda en el Principado de Asturias: La vivienda que adquieras o adaptes debe ser o convertirse en tu hogar principal en esta región.
  • Convivencia y límite de ingresos: El familiar con discapacidad (cónyuge, padre/madre, hijo/hija) tiene que vivir contigo al menos 183 días al año y no debe tener ingresos anuales (incluyendo aquellos que están exentos de impuestos) que superen 8.106,28 euros (esto es el IPREM de 2022).
  • Deducción entre varios contribuyentes: Si más de una persona puede beneficiarse de esta deducción por el mismo familiar, el beneficio se divide entre ellos por igual. Sin embargo, si tienen diferente relación de parentesco con la persona con discapacidad (por ejemplo, uno es el padre y otro es el hermano), la deducción la aplica quien esté más directamente relacionado.

Cosas a tener en cuenta

  • Las obras o adaptaciones que realices en la vivienda deben ser estrictamente necesarias para garantizar la accesibilidad y comunicación sensorial de la persona con discapacidad.
  • Deberás poder demostrar con un certificado expedido por la Consejería del Principado de Asturias que estas adaptaciones son imprescindibles para la persona con discapacidad.
  • Incompatibilidad: No puedes aplicar esta deducción si ya se ha aplicado la deducción «Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad». Si una persona con discapacidad se beneficia de esa deducción, otros familiares que vivan con ella no pueden pedir este beneficio, sin importar cómo declaren sus impuestos.
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