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Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales en riesgo de despoblación para contribuyentes de hasta 35 años, familias numerosas y monoparentales

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en zonas rurales para contribuyentes de hasta 35 años?

El 10 por 100 de las cantidades pagadas durante el año en concepto de compra o rehabilitación de la vivienda.

Requisitos

  • Contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años a la fecha de devengo del impuesto.
  • Contribuyentes que sean miembros de familias numerosas.
  • Contribuyentes que sean miembros de familias monoparentales
  • Que adquieran o rehabiliten una vivienda ubicada en zonas rurales en riesgo de despoblación sitas en el Principado de Asturias.
  • Que el inmueble vaya a constituir la vivienda habitual y que el domicilio fiscal se mantenga en la zona rural en riesgo de despoblación durante al menos tres años.
  • Que la suma de los ingresos netos no supere las siguientes cantidades:
     
    • 25.009 euros en tributación individual.
    • 35.240 euros en tributación conjunta

Límites

La base máxima de esta deducción será de 10.000 euros

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