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Por adopción internacional de menores

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

1.010 euros por cada hijo adoptado en ese año siempre que el menor conviva con el declarante y se trate de una adopción de carácter internacional.

Requisitos

  • La adopción se entenderá realizada en el año en que se lleve a cabo la inscripción en el Registro Civil español. Cuando la inscripción no sea necesaria se aplicará a la fecha de resolución judicial o administrativa correspondiente.
  • Cuando exista más de una persona con derecho a la aplicación de la deducción y realicen declaración individual, la deducción se prorrateará por partes iguales.

Límites

Cosas a tener en cuenta

La presente deducción en la renta resulta compatible con la aplicación de las restantes deducciones autonómicas.

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