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Por adopción internacional de menores

¿Qué vamos a ver en este artículo?

¿Cuánto nos podemos deducir?

Puedes deducir 1.500 euros por cada niño que hayas adoptado internacionalmente durante el año fiscal, siempre y cuando ese niño viva contigo.

Requisitos

  • La adopción debe ser internacional, es decir, el niño debe venir de otro país, y tiene que cumplir con lo establecido en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
  • Para saber en qué año fiscal puedes hacer la deducción, debes considerar dos cosas:
    • Si tuviste que inscribir al niño en el Registro Civil español, la adopción cuenta para el año en que hiciste esa inscripción.
    • Si no fue necesario inscribirlo, entonces cuenta para el año en que recibiste la resolución oficial (ya sea de un juez o de una oficina del gobierno) que dice que la adopción es válida.
  • Si más de una persona tiene derecho a aplicar esta deducción (por ejemplo, si dos personas adoptaron juntas al niño) y cada una hace su declaración de impuestos por separado, los 1.500 euros se dividen entre las dos. Es decir, cada persona puede deducir 750 euros.
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