¿Cuánto nos podemos deducir?
253 euros por cada menor si convives con el menor 183 días.
126 euros por cada menor, si el tiempo de convivencia es superior a 90 e inferior a 183 días
Requisitos
- El acogimiento familiar que da derecho a la deducción puede ser simple o permanente, sin contar aquéllos que tengan finalidad preadoptiva.
- Cuando exista más de una persona con derecho a la aplicación de la deducción, la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de la renta de cada uno.